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NORMATIVA

Normativa que regula las plataformas de crowfunding

Normas genéricas aplicables al crowdfunding.

  1. Respecto a los préstamos hechos por quienes no son bancos o entidades de créditoLey 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito.
  2. Respecto a la perfección de contratos por internet, es importantísimo tener en cuenta: el Reglamento Europeo relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior 910/2014 de 23 de Julio.
  3. En lo relativo a las empresas que se ofrezcan como intermediarias de contratos de crowdfunding por internet, además de lo dicho, han de cumplir la ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
  4. Respecto a los inversores que tengan la consideración de consumidores, pues muchos que tratan de invertir en crowdfunding como alternativa a la baja rentabilidad de los productos bancarios Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (expresamente se declara aplicable esta normativa en el artículo 86 de la ley que seguidamente veremos).
  5. Sean o no consumidores los que invierten en crowdfunding los contratos que se celebren con ellos han de respetar la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación.

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